Desafío judicial
Deepfakes: no alcanza con mostrar un audio para probar un delito
El especialista sostiene que la autenticidad de los archivos y la participación de cada persona son claves para determinar responsabilidades penales.
26 de Octubre de 2026
El derecho penal ya cuenta con herramientas para investigar los deepfakes, que pueden esconder una estafa, una extorsión, una amenaza o una suplantación de identidad. El problema aparece a la hora de probar lo que pasó. Según advierte un columnista invitado, ya no alcanza con decir que hay un audio o un video: hay que acreditar su autenticidad, su origen y si fue manipulado.
La inteligencia artificial vuelve más exigente la trazabilidad de la evidencia digital y el respaldo pericial. Por eso, la investigación no puede quedarse en el contenido falso, sino que tiene que reconstruir toda la cadena, desde el engaño generado con IA hasta el destino final del dinero.
En una estafa de este tipo pueden intervenir varias personas: quien crea el contenido falso, quien engaña a la víctima y quien recibe o mueve los fondos. El autor sostiene que prestar una cuenta bancaria no convierte automáticamente a alguien en responsable penal. Habrá que determinar si conocía el origen del dinero y qué papel tuvo, porque el “yo no sabía” no alcanza, por sí solo, ni para condenar ni para absolver.
Lo que importa es lo que puede probarse. Recibir dinero de desconocidos, cobrar una comisión y después retirarlo o transferirlo siguiendo instrucciones de terceros son elementos que pueden indicar qué conocimiento tenía esa persona. Aun así, el columnista advierte que el derecho penal no debería castigar una simple sospecha, sino demostrar el elemento subjetivo que exige cada delito.
En la extorsión, el deepfake funciona como medio para amenazar con difundir un contenido falso a cambio de dinero o de una conducta. Para el autor, la IA aumenta la capacidad de engaño, pero no elimina las categorías tradicionales del derecho penal.
Sobre la prueba, lo primero es conservar todo: mensajes, archivos originales, correos, teléfonos, comprobantes y datos de las cuentas involucradas. También es clave no modificar los archivos, porque puede perderse información técnica. Los metadatos, los registros de comunicaciones, los movimientos bancarios y los peritajes informáticos pueden ser decisivos. La pregunta ya no es solo si existe el archivo, sino si se puede demostrar de dónde salió y que mantiene su integridad.
